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Cómo contratar un familiar en la oficina de farmacias

13-11-2017

El mundo de las farmacias es en muchas ocasiones un trabajo que se hereda. No es extraño encontrar farmacias que pasan de padres a hijos y nietos, como si se tratase de un legado familiar. Incluso es habitual tramitar el traspaso o la donación de una oficina a favor de un familiar. No obstante, como la nueva ley de autónomos para farmacéuticos cuenta con bonificaciones para quienes contratan a la familia, hemos creído conveniente hablar de cómo contratar un familiar en la oficina de farmacias.

Por qué muchos piensan que no se puede contratar a un familiar

Existe una idea popular, pero equivocada, de que en una empresa no se permite que los familiares formen parte de la plantilla. Esto se debe a que el artículo 1.3.e del Estatuto de Trabajadores excluye los trabajos realizados por familiares como parte de la plantilla según algunos leen.

No obstante, hay dos formas de contratar a un familiar sin que esto suponga un problema. Se le puede dar de alta en el régimen general o que trabaje en la farmacia como autónomo colaborador. Veamos de forma más concreta cada uno de estos regímenes.

Contratar un familiar como personal de la farmacia

Hasta ahora, para poder dar de alta a alguien de la familia era imprescindible que este no viva en la misma casa que el contratante. Además, se fijaba un límite hasta el segundo grado de afinidad o consanguinidad. Lo que impedía que, por ejemplo, un abuelo contratarse a su hijo o su nieto y viceversa. A partir del tercer grado se podía actuar como con cualquier otro candidato.

No obstante, la Ley 6/2017 del 24/10/2017 de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, ya en vigor, incorpora algunas disposiciones adicionales, como el hecho de que no solo es posible ya contratar al cónyuge, así como a los descendientes o parientes de hasta el segundo grado, sino que además implica una bonificación del 100 % de la cuota de contingencias comunes durante un año.

Para hacerlo, hay una serie de requisitos que deben cumplirse. Como no haber despedida a nadie de forma improcedente en el último año y mantener el número de puestos durante los meses siguientes a la contratación.

No obstante, es importante tener en cuenta que hay algunos detalles para acceder a las bonificaciones. Por lo que antes de dar el paso, es mejor dejarse asesorar e informarse muy bien de todo.

Autónomo colaborador

Normalmente, los familiares que trabajan en una oficina de farmacia, y que son de hasta el segundo grado, trabajan en este régimen. En caso de que haya una nueva incorporación, también se contemplan descuentos en la cuota de autónomos durante los siguientes 24 meses. Los primeros 18, una reducción del 50 %, y un 25 los otros 6.

Todo esto ya está contemplado en la nueva ley de autónomos, aunque la reforma se aplicará de forma gradual. Algunos de los aspectos se contemplan para dentro de más de 6 meses, por lo que es importante que el familiar que se incorpore a la farmacia lo haga de manera estable y no temporal.

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