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¿Qué impuestos paga quien vende una farmacia?

18-02-2017

La venta de un negocio conlleva ciertas obligaciones fiscales. Obligaciones que tienen que atenderse de forma puntual para evitar problemas más adelante. En este artículo queremos echar un vistazo a lo impuestos que debes pagar si te interesa saber cómo vender una farmacia con garantías. Así podrás hacerlo sin llevarte sorpresas desagradables cuando des por finalizada la operación.

Ganancia patrimonial, la base del impuesto que paga quien vende

Los impuestos que paga el vendedor se resumen en un solo concepto: la ganancia patrimonial. Esta es la diferencia entre lo que costó la propiedad y los beneficios que se obtienen en el momento de la venta. Para ello se calcula lo siguiente:

- El valor de adquisición, del que se descuentan los gastos y las amortizaciones fiscales.

- El valor de transmisión, que también resta los gastos que hacen falta para realizarla.

En caso de que los dos valores den un resultado positivo, se considera que hay ganancia patrimonial. Es de esa cantidad de la que se calcula el impuesto que tienen que pagarse. Actualmente, el porcentaje de impuestos se encuentra en el 23 %.

Cabe destacar que durante el tiempo en que se haya mantenido la farmacia en propiedad, todas las inversiones realizadas hacen que el valor de adquisición aumente, por lo que la ganancia patrimonial es menor.

Pongamos un ejemplo:

En el año 2003 se compró una farmacia por 800.000 €. En 2016 se vende por 1.100.000. Las amortizaciones fiscales son de 600.000 €, lo que da un valor contable de 200.000.

Se invirtieron a lo largo del tiempo 150.000 € en equipamiento adicional, con un valor contable de 135.000 después de la amortización fiscal.

El valor de adquisición es por tanto de 335.000 euros (200.000 + 135.000).

De la venta de la farmacia, 1.100.000 €, 25.000 corresponden a gastos de intermediarios y comisiones del banco. Por lo que el valor de transmisión es de 1.075.000.

La ganancia patrimonial seria de 740.000 euros. De esta cantidad, 170.200 € es la cantidad que tiene que pagar el vendedor en materia de impuestos, resultado que da al despejar el porcentaje de tributación fija para 2016. Esta ganancia se declararía el año siguiente, en la Declaración de la Renta de 2017. Por lo que podría aplicarse una rebaja en caso de pérdidas o inversiones personales por parte de quien ha vendido la farmacia.

¿Puede ahorrarse algo?

¿Hay alguna forma de reducir el capital que debe pagarse en concepto de impuestos? La hay, siempre y cuando la previsión de este sea a la baja. Es decir, que si este año se cotiza un 23 % en el IRPF, pero el año que viene esta cantidad puede ser inferior, digamos medio punto menos, se puede diferir el pago y hacerlo a plazos. En este caso, cuando entre en vigor el nuevo porcentaje se podrían reducir un poco los impuestos.

En Afinpa te asesoramos en todo lo que necesites para vender tu farmacia, además de ofrecerte tasación gratuita para facilitar la viabilidad de la operación.

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