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¿Qué publicidad puedo hacer en la farmacia?

12-07-2018
Una de las dudas más frecuentes en el negocio de farmacia tiene que ver con las acciones que se pueden hacer para aumentar las ventas. Asuntos como si las promociones son aceptables o si un cartel es o no un anuncio son preguntas recurrentes entre los farmacéuticos. ¿Qué publicidad puedo hacer en la farmacia? ¿Existe alguna restricción al respecto, o funciona igual que en otro tipo de negocios?

Lo que dice la normativa

Como es habitual, lo primero que debe hacerse es acudir a la ley para ver lo que se dice. Y es importante destacar que el Real Decreto Legislativo 1/2015 prohíbe terminantemente que una farmacia desarrolle acciones destinadas a atraer a los clientes. ¿Qué tipo de acciones se consideran sancionables? El dar algún tipo de regalo, descuento o promoción que incluyan un producto regulado por ley. Es decir, que se considera una infracción la publicidad que moldee la voluntad de un paciente a elegir farmacia. ¿Por qué se prohíbe este tipo de publicidad? Porque el mercado de farmacia está regulado al ser un servicio sanitario. Por tanto, las farmacias no pueden competir entre ellas al estar en un marco especial.

La dinamización de la farmacia como incentivo

Es muy importante tener cuidado para no cometer infracciones. Aunque sí que se pueden desarrollar acciones de dinamización, como campañas de comunicación y fomento de la salud. Estrategias que conviertan la oficina en un espacio de salud integral, y no en un simple dispensario de medicamentos. Por ejemplo, se puede ofrecer algún servicio como medir la tensión o la glucosa en sangre. Pautas muy habituales en una farmacia, que no tienen que ver con la venta de medicamentos y que los usuarios pueden ver con buenos ojos. Una manera de mejorar la fidelidad a nuestros clientes como profesionales de salud. Siempre con cuidado para que no demos la impresión de estar incentivando la compra de medicamentos, que está totalmente prohibido.

¿Y los productos de parafarmacia?

La venta de parafarmacia es diferente hasta cierto grado. En las comunidades autónomas en las que se especifica claramente que no se puede hacer ningún tipo de publicidad la norma no cambia. Sin embargo, en aquellas en las que se habla únicamente de medicamentos, sí se pueden colocar carteles en la fachada de la farmacia con ofertas, promociones o regalos. Pero siempre haciendo publicidad del producto y no de la farmacia en sí.

Actividades complementarias

Algunas farmacias cuentan con una oferta de servicios de asesoramiento y bienestar. Por ejemplo, consulta de nutrición, depilación, podología y más. Dependiendo del titular de farmacia, puede decidir ofrecer unos u otros. ¿Cómo se pueden promocionar estos servicios? Es posible hacerlo siguiendo métodos de publicidad. Aunque es muy importante tener en cuenta que el propietario de la farmacia es el responsable y que solo quienes formen parte de la oficina de farmacia pueden hacerlo. Siempre estando cualificado para prestar el servicio y con la titulación que se requiera en cada caso. Por tanto, ¿qué publicidad puedo hacer en la farmacia? Dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que se esté, ninguna. En otras se podrán desarrollar solo acciones que no tengan que ver con medicamentos regulados por la normativa.

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